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Hola! Este es el blog que hemos creado para la asignatura Derecho del Trabajo. Además de colgar los ejercicios que vayamos haciendo, intentaremos subir noticias, documentos y otras cosas que entendamos que tienen que ver con la asignatura, que a todos nos puedan interesar. Esperamos que os guste. Un saludo. David, Azul y Violeta

Tarea 1

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CRITERIOS Y ORIENTACIONES DEL PREACUERDO
PARA EL EMPLEO Y LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA
2010, 2011 Y 2012

En el propio acuerdo encontramos su objetivo; el establecimiento de unos criterios y orientaciones para que, mediante su observancia en la negociación colectiva, esta cuente con la posibilidad de “afrontar los procesos de negociación colectiva en mejores condiciones en la actual situación de inestabilidad económica y del empleo”.

La propia formulación del objetivo parece servir como justificación del mismo; la mejora de los procesos de negociación colectiva. Sin embargo, el acuerdo se justifica a sí mismo de manera más explícita cuando señala que el mismo “se constituye en un elemento dinamizador de la economía española para abordar los problemas actuales y mejorar la competitividad y el empleo en el futuro cercano, y que además, pretende generar confianza a la población, en la línea de mejorar sus niveles de consumo e inversión”. Por ende, el acuerdo se configura como un instrumento al objetivo señalado por los firmantes: “mejorar el tejido productivo y colaborar a crear empleo estable”.

Es necesario señalar que durante todo el acuerdo se repiten constantemente, de una manera u otra, la búsqueda de un mayor crecimiento económico, mayor creación de empleo y mejores condiciones del mismo. Cualquier gobernante que se precie busca una mayor riqueza y mejores condiciones de vida o trabajo para sus gobernados, de manera que su mención carece de significancia por su obviedad, así como, los objetivos inmediatamente derivados de estos como consecuencia de un sistema capitalista o de mercado. Es decir, de acuerdo con las reglas del sistema de mercado al que estamos sujetos la búsqueda de mayor competitividad y mejores condiciones de trabajo pasa por los siguientes objetivos:
 “Mejorar el tejido productivo y colaborar a crear el empleo estable”.
 “Ganar cuota de mercado interno y externo para impulsar la actividad y el empleo” para la obtención de mejores “precios de los bienes y servicios españoles”. A lo que se le añade la “estabilidad de los precios”.
 “Establecimiento de marcos que permitan a las empresas mantener y mejorar su posición en el mercado y su productividad”.
A los que se suman otros cuantos.

En este sentido, el análisis del preacuerdo pasa por determinar, más allá de los objetivos principales y aspiraciones propias del funcionamiento del sistema económico establecido, cuales son aquellas propuestas, medidas, criterios u orientaciones que de acuerdo con lo expuesto se consideran que conducen a la realización de los objetivos anteriormente señalados.

En torno al crecimiento del empleo, teniendo en cuenta que el objetivo es “salir” de la crisis económica, pues nuestra recuperación es “más lenta y débil que la de nuestros principales competidores”. En relación con esto, se pretende:
- Mejorar el capital humano elevando el nivel educativo.
- Fomento de las actividades de I+D+i.
- El cumplimiento de la igualdad de trato y no discriminación en el empleo y en las condiciones de trabajo, así como la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
- La incidencia de las tecnologías de la información y de la comunicación en el desarrollo productivo general y en las relaciones laborales…
En definitiva, se pretende el desarrollo y mejora de la cualificación profesional, así como unas mejores condiciones de trabajo, desde la perspectiva de la igualdad y el desarrollo tecnológico.

Estas medidas requieren un tiempo para ser desarrolladas, que aparentemente choca con la urgente necesidad de salir de la crisis actual y, si bien a priori no tendrían cabida, en el documento encontramos el porqué de la necesidad de estas medidas en relación con un aspecto que ocupa una posición fundamental; la temporalidad.
En torno a esta cuestión el acuerdo señala: “sigue manteniéndose una elevada utilización de contratos temporales, que es preciso corregir para evitar que, cuando se produzca la recuperación del empleo, este se canalice a través de la temporalidad, sin perjuicio de mantener un marco de contratación temporal que permita responder a las necesidades coyunturales de producción de bienes y servicios”. De esta manera se pretende el fomento de la estabilidad del empleo y reducción de la temporalidad, eliminado la injustificada, como garantía de competencia para las empresas y seguridad de los trabajadores. En consecuencia, se extrae del acuerdo que, ante la situación de crisis se deben tomar medidas que posibiliten una creación de empleo y crecimiento de la competitividad de manera que no sean volátiles o perjudiciales a más largo plazo, si bien, a su vez, será necesario acudir a estas medidas en momentos puntuales, siendo la cuestión clave el equilibrio entre ambas, pues aunque se señale como OBJETIVO PRIORITARIO EL MANTENIMIENTO Y LA RECUPERACION DEL EMPLEO, se precisa de una ESTABILIDAD del mismo mediante todas las medidas que conllevan a la MEJORA DEL TEJIDO PRODUCTIVO.

Así que, de manera más concreta, se precisa de:
- Promoción de la contratación indefinida en el acceso al mercado de trabajo y la transformación de contratos temporales en contratos fijos.
- Fomento del uso adecuado de las modalidades contractuales
- Adaptar formulas que eviten el encadenamiento injustificado de sucesivos contratos temporales
- Propiciar medidas incentivadoras de la contratación de jóvenes
- En relación a la externalizarían productico, subcontratación y subrogación, será necesario que la negociación colectiva:
o Facilitar información a todas las partes sobre los procesos de subcontratación
o Facilite información por parte de la empresa usuaria a los representantes de los trabajadores sobre los contratos de puesta a disposición con las ETT
o Informe a los trabajadores sobre los medios de coordinación fijados para proteger y prevenir los riesgos laborales en el centro de trabajo
o También se considera necesario acudir a mecanismos de flexibilidad interna como instrumentos idóneos para el mantenimiento del empleo y de la actividad productiva, los cuales se centran en torno:
 A la clasificación profesional y estructuras profesionales basadas en grupos
 Movilidad funcional
 Gestión del tiempo de trabajo, etc.
o Flexibilidad interna que debe primar sobre los procesos de reestructuración, en los que en todo caso se debe tener en cuenta:
 Su gestión
 Explicación y justificación de cambios
 El desarrollo de la empleabilidad se debería tener en cuenta para anticiparse a los cambios y posibles reestructuraciones
 La dimensión territorial

El acuerdo, por otra parte, trata la materia salarial de manera separada dedicándole el capítulo II. Señala como necesario una política de crecimiento moderado de los salarios que permita el mantenimiento y recuperación del empleo, y que contribuya a la reactivación económica. De esta manera prevé una incorporación de una clausula de revisión salarial sujeta a unos requisitos que pasan por el convenio colectivo y la inflación real en todo el periodo y, una clausula de inaplicación del régimen salarial, en torno a los siguientes criterios:

Para el año 2010 hasta el 1%; para 2011 entre el 1% y el 2%; y para 2012 entre el 1,5% y el 2,5%, referencias que pueden contribuir a lograr el objetivo antes señalado de incremento salarial moderado en la actual situación económica.

Dentro de estas referencias, los criterios para determinar los incrementos salariales deberán ser objetivos y tener en consideración las realidades específicas de cada sector o empresa.

Para terminar, como garantía de todo lo pactado en el acuerdo se determina como necesario el seguimiento de lo pactado en el acuerdo y en la negociación colectiva, estableciéndose unos observatorios sectoriales y una Comisión, entre cuyas funciones se encuentra la interpretación, aplicación y lo pactado en el acuerdo.

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